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Reclamos

Reclamos

La Superintendencia de Bancos tendrá la facultad privativa de conocer y decidir en la vía administrativa los reclamos que, por violación a las normas establecidas en los Títulos V y VI de la Ley Bancaria, interpongan los consumidores bancarios en contra de los bancos, hasta por un monto de veinte mil balboas. Una vez la Superintendencia tome conocimiento de estos reclamos por incumplimiento de normas bancarias de protección bancaria al consumidor bancario y por razón del interés que protege y la naturaleza de la actividad, no habrá intervención alguna, simultánea o posterior, de otra autoridad.

¿Cómo presentar un reclamo?

Le invitamos a revisar el “Instructivo para interponer reclamo administrativo de consumidor bancario ante la SBP”, en el cual se explica de forma detallada, todo lo correspondiente al reclamo.