2020
16-marzo
Atención de medidas de prevención del COVID-19 (Coronavirus). Tomando en consideración los potenciales efectos sobre la normal operación del sistema de remesas de dinero ante posibles escenarios de propagación masiva relacionada con el COVID-19 como se está experimentando en otras latitudes, la Superintendencia exhorta al sistema en la adopción de varias medidas. En primer lugar, atender y mantenerse informado de las acciones de prevención y control que dicte el Ministerio de Salud (MINSA) y el Gobierno Nacional relacionadas con “El COVID-19, comúnmente conocido como Coronavirus” en el territorio de la República de Panamá. En segundo lugar, reiterar el mensaje que el MINSA es el único ente oficial autorizado en Panamá, para divulgar información a la población con respecto al “Coronavirus”. En este sentido, es menester mantener la calma, prudencia y buen juicio que debe seguirse ante esta situación. Por otro lado, consideramos oportuna esta coyuntura para que, a lo interno de su entidad, se revisen los planes de continuidad de operaciones para con su personal y clientes.
19-marzo
Medidas de prevención del COVID-19 (Coronavirus). Suspensión de los términos procesales y administrativos. REMDI. La Superintendencia de Bancos, mediante la Resolución General No. SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, que se adjunta, decidió entre otras cosas, lo siguiente: • Ordenar la suspensión de los términos procesales y administrativos a partir de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del jueves diecinueve (19) de marzo de 2020 por quince (15) días hábiles prorrogables y sin que ello implique el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores. El curso de los expedientes activos continuará su trámite interno normalmente.
20-marzo
Prórroga - Estados Financieros Auditados. REMDI. Esta Superintendencia de Bancos comunica a las empresas de remesas de dinero que a la fecha no hayan presentado sus estados financieros auditados, que contarán con una prórroga por 30 días adicionales para su envío a esta Superintendencia de Bancos.
30-marzo
Horario temporal. Jornada de trabajo y de atención al público. Superintendencia de Bancos. REMDI. Informamos que, a partir del lunes 30 de marzo de 2020, el horario para la Atención al Público en la Superintendencia de Bancos y para quienes trabajen presencialmente desde las Oficina, será: de 8:30 a.m. a 12:30 m.d.
8-abril
Atención de medidas de prevención del COVID-19 (Coronavirus). Prórroga de suspensión de los términos procesales y administrativos. REMDI. Prorrogar la suspensión de los términos procesales y administrativos, establecida mediante la Resolución General SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, por quince (15) días hábiles adicionales prorrogables, a partir de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del jueves nueve (9) de abril de 2020, sin que ello implique el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores.
27-abril
Atención de medidas de prevención del COVID-19 (Coronavirus). Prórroga de suspensión de los términos procesales y administrativos . REMDI. La Superintendencia de Bancos ha considerado necesario prorrogar, por quince (15) días hábiles adicionales prorrogables, a partir de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del cuatro (4) de mayo de 2020, la suspensión de los términos procesales y administrativos, establecida en la Resolución General SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, prorrogados, a su vez, mediante la Resolución General SBP-RG-0002-2020 de 3 de abril de 2020. Lo cual no implica el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de sus labores.
21-mayo
Prórroga de suspensión de términos procesales y administrativos. La Superintendencia de Bancos ha considerado necesario, mediante la Resolución General SBP-RG-0005-2020 de 20 de mayo 2020, prorrogar hasta el 7 de junio de 2020, la suspensión de los términos procesales y administrativos, establecida inicialmente en la Resolución General SBP-RG-0001- 2020 de 18 de marzo de 2020. Esta decisión no implica el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de sus labores.
8-junio
Prórroga de suspensión de los términos procesales y administrativos. Resolución General SBP-RG-0006-2020 REMDI. La Superintendencia de Bancos mediante la Resolución General SBP-RG-0006-2020 de 8 de junio de 2020, prorroga la suspensión de los términos procesales y administrativos, establecida inicialmente en la Resolución General SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, y sus prórrogas hasta el 28 de junio de 2020, sin que ello implique el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores.
8-septiembre
Comunicado y Guía de GAFILAT. REMDI. Se comunica que en el sitio web de la Superintendencia de Bancos, se encuentra publicado el siguiente documento: 1. Comunicado del GAFILAT sobre COVID -19 y sus riesgos asociados de LA y FT: publicado el 6 de abril del 2020. Asimismo, se insta a las entidades reguladas y supervisadas por esta Superintendencia, prestar especial atención a este comunicado y tomar las medidas necesarias para prevenir que sus sistemas sean utilizados frente a los riesgos de blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo que puedan surgir debido a la situación sanitaria mundial.
29-diciembre
Que comunica la adopción de nuevas medidas sanitarias. Decreto Ejecutivo No. 1686 de 28 de diciembre de 2020.
2021
28-enero
Adopción de nuevas medidas sanitarias mediante Resolución General No. SBP-RG-0001-2021 de 14 de enero de 2021 que comunica la suspensión de los términos procesales y administrativos que se tramitan en la Agencia de Servicio al Cliente Bancario-ubicada en Chitré, provincia de Herrera, sólo para los procesos que se están tramitando actualmente en la Agencia de Servicio de Atención al Cliente Bancario ubicada en Chitré, provincia de Herrera, a partir de las 8:00 a.m. del día 18 de enero y hasta el Lunes 1° de febrero de 2021, inclusive, y sin que ello implique el cierre de dicha Agencia de Servicio de Atención al Cliente Bancario ubicada en Chitré, ni la suspensión de labores.